
El impacto de la reforma laboral en el fútbol colombiano: descubra lo que cambia para los jugadores

La reciente reforma laboral, sancionada por el Gobierno la semana pasada y cuyo articulado entró en vigor desde le jueves 26 de junio, trae consigo múltiples ajustes en la legislación laboral que inciden de forma directa en todas las actividades del páis, incluido el fútbol profesional colombiano.
Entre los principales cambios aplicables al fútbol se destacan nuevas reglas sobre la duración de los contratos, mecanismos para la resolución de conflictos, duración de la jornada laboral, derechos sindicales, uso de imagen y protección contra el acoso.
"Veo que esta reforma trae varias gabelas para los futbolistas por temas como los recargos nocturnos, menos horas de trabajo y la posibilidad de asistir a actividades de familia, pero a la luz de la realidad y a la pseudo esclavitud que viven los futbolistas, me parece de difícil aplicación. Lo que sí realmente va a ser efectivo será lo de los contratos a término fijo de cuatro años, porque eso se utiliza en el fútbol y hay muchos futbolistas que llevan años renovando cada año", Óscar Alzate Gómez, especialista en derecho laboral y derecho deportivo.
"Esta reforma trae avances históricos. Le devuelve al futbolista derechos que durante años fueron vulnerados, como el debido proceso, la estabilidad laboral y la libertad de asociación. No importa el monto que gane, ni la figura usada para el pago, se trata de normas generales", asegura Carlos González Puche. director ejecutivo de la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales, Acolfutpro.
A continuación el abecé sobre los principales cambios que trae la reforma laboral para la actividad del fútbol como deporte profesional.
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A. Alternativas para resolver conflictos
Una de las grandes novedades es la posibilidad de resolver conflictos laborales por medio de mecanismos alternativos de resolución de disputas, para facilitar la resolución de reclamaciones entre jugadores y clubes, antes reservados exclusivamente a los jueces laborales.
El fútbol tiene la Cámara de Resolución de Disputas y esta era de ámbito federativo, ahora sus fallos ya tendrán validez gracias a la ley aprobada que incluye el arbitramento en derecho laboral. Entra en vigor el 2 de abril de 2026.
B. Beneficios del debido proceso
El artículo 7 de la reforma refuerza el derecho al debido proceso laboral, que antes era difuso para sancionar a un jugador, de esta manera se evitan sanciones arbitrarias y garantiza defensa efectiva para el futbolista. La reforma aclara los plazos, el tiempo de las notificaciones y el acompañamiento sindical.
C. Contratos a término fijo: límite de 4 años
La Fifa permite contratos hasta por cinco años y en Colombia solo se podía hasta por tres años, ahora la ley impone que los contratos a término pueden ser hasta de cuatro años, pero finalizado este el contrato siguiente será indefinido.
Situación que contradice la ley del fútbol que prohíbe los contratos indefinidos. Los clubes tendrán cuatro años para diferir su inversión, pero ya no podrán seguir contando indefinidamente con sus jugadores, práctica muy utilizada en varios equipos.
D. Nuevas reglas para licencias laborales
Se garantizan a todos los trabajadores las licencias por calamidad, citas médicas, obligaciones escolares y actividades sindicales. Tal situación es clave en un medio que antes penalizaba con descuentos de nómina (multas) la ausencia justificada del jugador. Desde la semana pasada se prohíbe descontar salario por estos motivos si están debidamente justificados.
E. Eliminación de la subordinación permanente
Se prohíbe la subordinación continua del jugador (art.16) fuera de su jornada laboral, se acabarán las rondas nocturnas para saber que está haciendo el jugador. También se prohíbe la subordinación a patrocinadores o terceros.
Ya no podrá exigirse disponibilidad permanente como para campañas publicitarias u otros compromisos pactados unilateralmente por el empleador con aliados comerciales, sin la anuencia del jugador.
F. Jornada máxima y garantías para menores
Se mantiene el límite de ocho horas diarias para los mayores de edad, mientras que para menores entre 15 y 17 años no podrá superar las seis horas. Se deberá revisar la legalidad de extensiones de jornada por concentraciones. Esto impacta la forma en que operan los entrenamientos y partidos, especialmente cuando hay presencia de menores de edad en plantillas profesionales.
G. Federación vs. derechos laborales
Reglamentos federativos no podrán estar por encima de la Constitución del país (art. 39), ni vulnerar derechos laborales. Si lo hacen, el jugador podrá acudir a las autoridades competentes. Se crea el contrato especial para deportistas profesionales de cada modalidad.
Se puede pactar exclusividad, así como cláusulas de terminación de mutuo acuerdo, no podrán existir clausulas de rescisión (son ilegales), podrán los jugadores pactar porcentajes de sus derechos en el contrato y se podrá suscribir clausulas para la cesión del contrato (préstamo de jugador).
Se debe respetar el criterio personal, se podrá disentir, protestar y emitir conceptos en redes sociales, sin que ello sea motivo de sanción de los organizadores de la competencia.
H. Herramientas contra el acoso y la discriminación
La reforma incluye normas contra el acoso laboral, discriminación y tratos indignos, especialmente en casos en que los clubes presionan al jugador para renunciar o abandonar el plantel. Con ello se pone fin a la práctica de poner a trotar a un jugador al rededor de la cancha, como medida para desmotivarlo y hacerlo renunciar.
Quedan prohibidas medidas discriminatorias como: poner a los jugadores a entrenar con otro plantel, no darles ropa, ponerles horarios diferentes y con otros técnicos. Estas prácticas no solo quedan prohibidas si no que serán justa causa para terminar el contrato de trabajo.
I. Imagen del jugador: todo vale
El uso de derechos de imagen deberá ser autorizado de forma clara y expresa por el trabajador. "Los clubes ya no pueden abusar de ese derecho, ni imponer su uso por defecto en los contratos. En adelante será un tema que debe ser consultado y negociado con el jugador.
J. Mayor libertad sindical
Se amplía el derecho de asociación y se garantiza el uso de medios digitales, representación sindical y tiempos adecuados para asambleas y votaciones.
K. Migrantes con igualdad de derechos
Muchos clubes no tramitan ni agilizan la visa de trabajo (art. 37), en adelante los futbolistas extranjeros tienen el mismo estatus y protección que cualquier trabajador colombiano, desde el momento en que suscriben contrato laboral en el país.
A todo trabajador que llegue del extranjero le deben respetar todas la garantías laborales, así no tenga visa, y Migracion tiene seis meses para reglamentar el trámite.
L. Negociación de derechos deportivos
Se autoriza que en el contrato de trabajo se pacten condiciones claras sobre derechos económicos y federativos. Esto protege al jugador y evita que sea marginado de obtener participación en futuras transferencias.
M. Obligaciones del club en cesiones
En préstamos de jugadores a otros equipos, el club que presta debe responder solidariamente si el nuevo club incumple cualquier tipo de pago. Así se refuerza la protección contractual ante impagos o abusos.
N. Prohibición de cláusulas abusivas
No podrán pactarse cláusulas que impongan sanciones económicas al futbolista por cambiar de equipo, ni cláusulas de rescisión contrarias al derecho laboral.
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