Economía

Carrera contra el tiempo de las empresas para proteger más a sus empleados: Las multas son millonarias

2025-07-11
Es una nueva exigencia del Ministerio del Trabajo
Fotos | LA PATRIA Ya están corriendo los seis meses que el Ministerio de Trabajo otorgó en la Resolución 1843, para renovar la salud ocupacional en Colombia.
Juan Luis Taborda

Una reciente resolución del Ministerio del trabajo tiene en alerta a las empresas del país. Este nuevo marco normativo transforma la manera como se gestionan las evaluaciones médicas ocupacionales y moderniza los estándares en salud laboral, buscando un proceso más consistente, que dé respuesta a la real gestión de la salud de los trabajadores.

La resolución, expedida por el Ministerio del Trabajo, deroga normas como la Resolución 2346 de 2007 y unifica criterios para alinearse con estándares internacionales.

Su objetivo es fortalecer la protección de la salud de los trabajadores, garantizar procesos más técnicos y proteger los datos sensibles de los empleados.

Algunos cambios que trae la norma

Definición clara de los tipos de exámenes médicos: preingreso, períodos de egreso, post incapacidad para todos los trabajadores que se ausentan 30 días o más y retorno laboral como un nuevo concepto.

Cuando una persona que está por fuera de la organización, 90 días, debe tener un examen al regresar. Cada uno deberá cumplirse bajo protocolos técnicos específicos y con personal certificado.

No discriminación. La normativa prohíbe solicitar pruebas de embarazo y VIH para acceder o permanecer en un empleo, salvo que exista riesgo ocupacional comprobado. Los trabajadores deben firmar el consentimiento para la realización de las mismas.

También limita la realización de pruebas de alcohol y sustancias psicoactivas a actividades de alto riesgo, las cuales sólo podrán ser aplicadas por médicos con licencia en salud ocupacional.

Esta exigencia genera preocupación, especialmente entre las pequeñas empresas, por el limitado acceso a profesionales con esta especialidad en algunas regiones del país y la existencia de pruebas rápidas certificadas que, desde la parte técnica, han sido diseñadas para que personal entrenado las aplique.

En cuanto a la confidencialidad, la Resolución 1843 refuerza la protección de la historia clínica ocupacional. Solo podrán compartirse con el empleador las recomendaciones derivadas del examen, no la información completa del trabajador. Y define la entrega a los trabajadores de los resultados de sus valoraciones.

Impacto en pequeñas y medianas empresas

El plazo para la implementación vence el 6 de noviembre.  Desde el día siguiente, las empresas, ARL, IPS y demás actores obligados deberán tener plenamente actualizados sus procesos. De lo contrario, se exponen a sanciones que pueden alcanzar las 2.455 UVT (alrededor de $122 millones).

Aclara que las recomendaciones que dan los médicos tratantes y personal de salud, son médico terapéuticas, y que las recomendaciones y restricciones laborales son potestad exclusiva del médico ocupacional. 

Adicionalmente, cuando un médico ocupacional emita recomendaciones tras un examen, el empleador tendrá un máximo de 20 días calendario para implementar los ajustes necesarios en las condiciones laborales del trabajador.

En Colombia, muchas pymes no cuentan con contratos permanentes con IPS especializadas y suelen tercerizar estos servicios de manera puntual. Ahora, deberán ajustar sus presupuestos y procesos para cumplir con los estrictos protocolos técnicos. 

Las ARL deben apoyar a las empresas en la implementación del trabajo para evitar sanciones tras el vencimiento del plazo de implementación, el 6 de noviembre

Lo que debe cumplirse antes del 6 de noviembre

* Actualizar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

* Revisar perfiles de cargo y matrices de riesgo.

* Contratar médicos con licencia en salud ocupacional.

* Capacitar al personal en la nueva normativa.

* Garantizar la confidencialidad de las historias clínicas.

 

Estas son las multas y riesgos por incumplir

* Multas de hasta 2.455 UVT ($122 millones en 2025).

* Procesos disciplinarios por no aplicar recomendaciones médicas en 20 días.

* Riesgo de demandas laborales por vulneración de derechos.

 


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