
Manizales: Lo judicializaron por mostrarle sus partes íntimas a un menor, en un gimnasio

Un hombre terminó capturado en un gimnasio de Manizales esta semana, luego de que le mostró sus partes íntimas a un menor, de 17 años.
El afectado entró al baño y allí se encontró a su victimario, quien se le exhibió. Este delito se denomina injuria por vías de hecho y es cuando se atenta contra la dignidad de una persona.
El señalado quedó libre, vinculado al proceso.
Esta conducta se encuentra tipificada en el artículo 226 del Código Penal, el cual prevé una pena de prisión de 16 a 54 meses.
Diferencias en delitos
La Sala Plena de la Corte Constitucional consideró que en la injuria por vías de hecho, el sujeto activo debe actuar con dolo de lesionar el honor de otra persona, mientras que en el acto sexual violento, “debe haber un acto sexual diferente al acceso carnal, en el que no medie el consentimiento y que esté dirigido a excitar o satisfacer la lujuria del sujeto activo o, más claramente, su apetencia sexual o impulsos libidinosos”.
Puntualizó la Corte que los tocamientos de índole sexual no consentidos pueden representar un acto sexual violento.