Sucesos

Ponía a su hija de 15 años a vender estupefacientes en Caldas: pidió domiciliaria para responder por ella

2025-05-29
Grupo Delincuencia Común Organizada denominado La Carrilera. No se da el nombre de la condenada para no revictimizar a la hija.
Grupo Delincuencia Común Organizada denominado La Carrilera. No se da el nombre de la condenada para no revictimizar a la hija.
Redacción Judicial

Por concierto para delinquir agravado, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y uso de menores de edad para la comisión de delitos procesaban a una mujer.

Su abogado apeló ante el Tribunal Superior de Manizales, que confirmó la decisión recientemente. Todo surge por labores investigativas desplegadas por la Policía Judicial, como seguimiento a personas, entrevistas, videos e interceptaciones telefónicas, que permitieron determinar que, entre el 9 de marzo y el 14 de julio del 2022 (día de la captura), varios sujetos se concertaron para traer estupefacientes desde Cartago y luego almacenarlo, distribuirlo y venderlo en Chinchiná, en especial por las carreras 6/7, entre calles 13/13 Bis.

Previa orden de la Fiscalía, ese 14 de julio aprehendieron a nueve de los integrantes del Grupo Delincuencia Común Organizada (GDCO) denominado La Carrilera, entre ellos, a un sujeto y a su compañera permanente, quien, además, utilizaba a su hija 15 años para proveer a domicilio el alcaloide.

Entre el 14 y 15 de julio, ante el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías de Chinchiná se realizaron audiencias de legalización de orden para registro y allanamiento, incautación de elementos materiales probatorios, captura, formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario.

 

Preacuerdo

El 10 de noviembre, la Fiscalía radicó escrito de acusación con preacuerdo ante el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Manizales, consistente en la aceptación plana de cargos a cambio de decrecer la pena en un 50%, tasándola en 95 meses con 15 días de prisión y multa de 1.351 SMLMV.

La defensa de la mujer dio traslado de una visita socio-familiar para determinar la posibilidad de prisión domiciliaria para esta señora, como madre cabeza de familia.

Lo negaron, pues no es lógico que la condenada regrese a su hogar para estar junto a su hija a quien, como se acreditó, había instrumentalizado para traficar estupefacientes dentro del municipio.

"La misma ley reclama examinar el riesgo para las personas que la procesada tendrá a cargo. Es por lo anterior que es un despropósito que a una persona que ha empleado indebidamente a su propia hija para sus propósitos ilícitos, se le considere idónea para encargarse de la atención, cuidado y formación de su descendiente", falló el juzgado.
El Tribunal consideró que el juez podía declarar desierto el recurso de apelación por indebida o insuficiente sustentación, pues con su corto discurso (transliterado en su totalidad) se paseó por normas, tratados, radicados de sentencia, recordando apenas su nomenclatura para buscar el éxito de su tesis.

"La menor cuenta con una red extensa familiar por línea materna, donde con ocasión de la detención de la condenada, los abuelos, tíos y primas de la menor le brindan el apoyo económico, emocional, afectivo, necesarios para su digna sobrevivencia, es decir, no hay un riesgo latente de sufrir evidentes daños colaterales", concluyó la decisión.

 

Decisión

"Una madre con dicho perfil conductual, merece el inaplazable reproche jurídico social. Aspirar a la prisión domiciliaria como madre cabeza de familia para estar al lado de la propia víctima, a quien no dudó en estropearle sus intangibles valores y derechos, contrariando elementales reglas de educación, protección y ejemplo, pasa de lo legal a lo inusual", Tribunal.

 

 

 

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