
Reforma laboral en Colombia: recuerde los cambios a partir de este 15 de julio, bajan las horas semanales

La reforma laboral en Colombia fue sancionada el 25 de junio por el presidente de la República, Gustavo Petro, tras ser aprobada por el Congreso de la República.
Así, se convirtió en la Ley 2466 de 2025 que busca dignificar las condiciones de los trabajadores, modernizar los contratos y adaptar el marco legal a los estándares internacionales de trabajo.
Son 70 artículos con los que los empleados en Colombia gozarán de beneficios como recargo nocturno, reducción de la jornada laboral, contratos, licencias, inclusión, formalización doméstica y teletrabajo.
Las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes aprobaron el viernes 20 de junio a contrarreloj la controvertida reforma laboral que presentó hace dos años el Gobierno y con las que prometió restituir derechos laborales a millones de colombianos.
A continuación, conozca los puntos clave de la reforma y los principales cambios que empiezan a regir desde este martes 15 de julio del 2025.
Aspectos centrales de la reforma laboral 2025
Contratación indefinida como regla general: El contrato a término indefinido será la figura predominante. Los contratos a término fijo solo podrán celebrarse para actividades ocasionales, accidentales, transitorias, o por obra determinada, con un límite de cuatro años. Cumplido ese periodo, el vínculo laboral se considerará indefinido automáticamente.
Formalización y protección de nuevos sectores: Se incluyen garantías para trabajadores de plataformas digitales y aprendices del Sena, quienes ahora contarán con prestaciones sociales y seguridad social bajo un contrato laboral formal. También se promueve la inclusión laboral de personas con discapacidad y la formalización de madres comunitarias.
Nuevas definiciones de acoso y discriminación laboral: Se amplía la definición legal de acoso laboral, ahora incluyendo discriminaciones por género, raza, religión o ideología, y abordando nuevas formas de violencia en los espacios de trabajo.
Reducción de intermediación y regulación de tercerización: Se fortalece la inspección laboral y se limita el uso de empresas temporales para proteger la estabilidad de los trabajadores.
Nuevas reglas para jornada nocturna y recargos: El inicio de la jornada nocturna se adelanta y los recargos dominicales y festivos aumentan de manera progresiva hasta el 100% en 2027.
¿Qué cambia exactamente desde el 15 de julio de 2025?
A partir de este 15 de julio, entra en vigor una de las transformaciones más esperadas por empleados y empleadores:
Reducción de la jornada laboral semanal a 44 horas: De acuerdo con la Ley 2101 de 2021, que continúa su calendario de aplicación, desde este martes todo trabajador colombiano verá su jornada legal máxima bajar de 46 a 44 horas semanales, sin que ello afecte su salario o prestaciones.
- Esta reducción es parte de una estrategia gradual que culminará en una jornada de 42 horas semanales para julio del 2026.
- Las horas pueden ser distribuidas en 5 o 6 días, según acuerdo entre las partes, garantizando siempre el día obligatorio de descanso.
- No está permitida la reducción salarial, ni de aportes, ni de beneficios laborales por este ajuste.
Progresión en el recargo dominical y festivo: Desde el 1 de julio del 2025, el recargo que debe pagarse por trabajar domingos y festivos pasó del 75% al 80%, valor que se incrementará al 90% en 2026 y, finalmente, al 100% en 2027.
El recargo nocturno, a partir de las 7:00 p.m., empezará el 25 de diciembre del 2025.
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Fechas clave de la reforma laboral
Cambio | Fecha de inicio | Detalle |
---|---|---|
Reducción jornada a 44 horas semanales | 15 de julio de 2025 | Ley 2101 de 2021 |
Recargo dominical/festivo al 80% | 1 de julio de 2025 | Ley 2466 Art. 14 |
Inicio jornada nocturna a las 7:00 p.m. (recargo 35%) | 25 de diciembre 2025 | Ley 2466 Art. 10 |
Límite contratos a término fijo (4 años máximo) | Inmediato | Ley 2466 Art. 6 |
Contratos laborales con prestaciones para aprendices SENA | Inmediato | Ley 2466 Art. 20 |
Inclusión laboral para trabajadores de plataformas | Inmediato | Ley 2466 Art. 18 |
Reducción jornada a 42 horas semanales | 15 de julio de 2026 | Ley 2101 de 2021 |
Cambios de la reforma laboral en Colombia y prohibiciones de empleadores
A partir del 15 de julio de 2025, con la entrada en vigor de la Ley 2466 de 2025 y la continuación de la aplicación gradual de la Ley 2101 de 2021, los empleadores en Colombia enfrentan diversas prohibiciones importantes diseñadas para proteger los derechos laborales y dignificar el trabajo.
Las principales prohibiciones para los empleadores desde esta fecha son:
No podrán reducir el salario ni las prestaciones sociales a pesar de la reducción de la jornada laboral semanal a 44 horas (que irá a 42 horas en 2026). La jornada se reduce sin afectar los ingresos ni beneficios adquiridos de los trabajadores.
No podrán renovar indefinidamente contratos a término fijo. Después de cuatro renovaciones consecutivas, el contrato debe convertirse en término indefinido, limitando así el abuso de contratos temporales y promoviendo la estabilidad laboral.
Prohibición del uso generalizado y abusivo de contratos de prestación de servicios para labores misionales o permanentes. Solo se permiten para actividades específicas, concretas y no permanentes, con el fin de evitar la tercerización encubierta y garantizar la formalización laboral.
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Restricciones en el trabajo en días de descanso obligatorio: Los pagos por laborar en domingos y festivos deben cumplir con el incremento gradual del recargo que pasa a ser al menos del 80% desde julio del 2025. No respetar estos aumentos es una prohibición directa para el empleador.
Prohibición de jornadas laborales excesivas y sobrecarga: No se permiten más de 2 horas extras diarias ni más de 12 horas extras a la semana. También limita la jornada nocturna y regula los recargos asociados.
Obligación de respetar horarios y descansos para menores entre 15 y 17 años, prohibiendo que laboren en jornadas nocturnas o más de 6 horas diarias, con jornada máxima de 30 horas por semana.
Prohibición de prácticas discriminatorias y acoso laboral en el entorno de trabajo, con una definición ampliada para proteger a los trabajadores frente a diferentes formas de violencia o discriminación, incluyendo género, raza e ideología (no explicitado en las fuentes, pero parte de la reforma general).
Prohibición de imponer sanciones sin respetar el debido proceso reformado, donde el empleador debe garantizar al trabajador el derecho legítimo a controvertir pruebas y a su derecho a defensa en procedimientos disciplinarios; quedó eliminado el permiso previo del Ministerio para horas extras pero manteniendo la obligación de registro.
Además, los empleadores deben implementar los nuevos permisos remunerados para citas médicas urgentes, obligaciones escolares y fomentar ciertos incentivos como el uso de la bicicleta, lo que implica que tampoco pueden negar estas licencias sin justa causa.
En resumen, las prohibiciones priorizan la estabilidad laboral, la formalización de relaciones de trabajo, el respeto a los derechos salariales y de jornada, la protección especial a menores y trabajadores vulnerables, y el respeto a procedimientos laborales justos.
El incumplimiento de estas prohibiciones puede generar sanciones legales y reclamos por parte de los trabajadores y autoridades laborales.
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